jueves, 13 de agosto de 2015

Lo que ténes que saber para ir votar

Lo que ténes que saber para ir votar.

 Por Micaela Benegas y Pamela Roldán de 5° 1° Sociales turno mañana. 
¿Qué se vota? En estas elecciones 2015 se vota presidente y vicepresidente, 24 senadores nacionales, 130 diputados nacionales y 19 parlamentarios del Mercosur por el distrito nacional en todo el país. En cada provincia se votan senadores y diputadores o legisladores provinciales, según corresponda en cada caso, y un parlamentario del Mercosur por cada distrito regional.
¿Cuándo se vota? En la provincia de Buenos Aires las elecciones se realizan el domingo 9 de agosto. Son las PASO: elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias. El domingo 25 de octubre son las elecciones nacionales y el domingo 22 de noviembre habrá balotaje si ningún candidato a presidente alcanza el 45 por ciento de los votos o si uno de los candidatos llega al 40 por ciento de los votos y tiene una diferencia de 10 puntos con el segundo. A partir del 10 de julio se publicarán los padrones definitivos para los comicios nacionales. Estos podrán consultarse en www.padron.gob.ar
¿Cómo? Cada partido presenta sus precandidatos en diferentes listas en las PASO. Los votantes elijen la lista preferida en cada categoría de un solo partido. La lista que tiene más votos en cada partido luego compite en la elección general. En caso de llegar a segunda vuelta se debe elegir a uno de los candidatos más votados. Hay al menos 19 precandidatos que compiten en las primarias de cada partido. A nivel nacional las alianzas son: Frente para la Victoria, Frente Cambiemos, Una Nueva Alternativa, Compromiso Federal, Frente Progresista, Frente de Izquierda de los Trabajadores y Frente Popular.
¿Quiénes votan? El voto es obligatorio para todas las personas mayores de 18 años y optativo para quienes tengan entre 16 y 17 años al momento de la elección. Desde la sanción de la ley 26.774, pueden votar tanto en las PASO como en las elecciones quienes cumplan los 16 años el mismo día de la elección, es decir el 25 de octubre. En este caso, la única condición para aparecer en el padrón es haber renovado el DNI antes del 28 de abril.
¿Qué pasa si no puedo ir a votar? Quienes padezcan una enfermedad que les impida asistir al acto electoral o se encuentren imposibilitados por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar estas causales el mismo día mediante certificados emitidos por médicos. Lo mismo sucede para quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de la votación. Deberán concurrir con su documento a la comisaría más cercana antes de las 18 horas y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar. Si por estos motivos no se presentase a votar, el elector deberá presentar dentro de los 60 días de celebrada a la elección, un certificado ante la Secretaria Electoral de la Justicia Federal con competencia electoral que corresponda a su distrito.